La Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal -integrada por los jueces Mariano Hernán Borinsky, Juan Carlos Gemignani y Gustavo M. Hornos– revocó hoy la prescripción de la acción de la causa IBM-DGI y ordenó al Tribunal que en forma inminente proceda a realizar el juicio.
En el caso se investiga el pago de sobreprecios por el parte del Estado Nacional -de aproximadamente 120 millones de dólares/pesos en los años 90- en el marco del proceso de informatización de la por entonces Dirección General de Impositiva (D.G.I.), en el que se encuentran acusados ejecutivos de la empresa multinacional I.B.M. y ex funcionarios del Gobierno Argentino.
En mayo 2016 el Tribunal Oral Federal nº 3 había declarado la extinción de la acción por prescripción pero el Ministerio Público Fiscal y la Oficina Anticorrupción recurrieron la decisión ante la Cámara de Casación.
En diciembre de ese año con los votos de los jueces Hornos y Gemignani la Sala IV revocó esa decisión. El juez Hornos fundamentó que la fijación de audiencia de debate interrumpía el curso de la prescripción y el juez Gemignani que los delitos en los que intervienen funcionarios públicos resultaban imprescriptibles. La Corte Suprema anuló esa decisión por falta de mayoría suficiente de fundamentos entre los votos y ordenó que se dicte una nueva resolución.
Al volver a Casación, Gemignani mantuvo su criterio acerca de la imprescriptibilidad de esta clase de delitos y el juez Hornos concluyó que por aplicación directa del artículo 36 de la Constitución Nacional resultan imprescriptibles los graves hechos de corrupción cometidos contra el Estado que conlleven enriquecimiento.
El camarista Gustavo Hornos sostuvo en su argumentación que en el mencionado artículo se establece de modo literal que “quien se enriquece mediante la comisión de un grave delito doloso contra el Estado atenta contra el sistema democrático”. Y agregó que solamente son atentados contra la democracia aquellas maniobras delictivas que por su complejidad, su daño o extensión puedan socavar las instituciones o los valores de la democracia.
Por lo tanto, afirmó Hornos, las acciones respectivas contra los atentados contra el orden democrático resultan imprescriptibles.
Destacó, además, que los graves hechos de corrupción atentan contra la democracia del mismo modo en que lo hacen los otros atentados. Entonces al no haberse establecido constitucionalmente diferencias, este supuesto de atentado contra el sistema tiene las mismas consecuencias jurídicas establecidas por el constituyente que impiden la prescripción, el indulto y la conmutación de penas.
De esta manera, la Casación resolvió que no es constitucionalmente posible la prescripción de la causa y que debe celebrarse en forma urgente el debate oral y público.



































