Piter Robledo (derecha) y sus amigotes funcionarios en la gran manzana

En efecto, acorde al decreto 2098/2008 que refrenda el convenio colectivo sectorial correspondiente al Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP) para ocupar un cargo ejecutivo de categoría A, tal como el que ostenta Robledo, se requiere como mínimo título universitario de grado correspondiente a carrera de duración no inferior a cuatro años y a la función o puesto a desarrollar, especialización avanzada en los campos profesionales correspondientes a la función o puesto a desarrollar, acreditable mediante estudios de posgrado y experiencia laboral en la especialidad ateniente a dicha función acreditada por un término no inferior a 6 años después de la titulación.

Todas estas condiciones no estarían acreditadas en forma alguna en el caso de Robledo. No solo que carece de la experiencia laboral suficiente, sino que además se recibió de abogado en el mes de noviembre de este año, en la Universidad de Buenos Aires.

FUE DENUNCIADO POR USURPACIÓN DE TÍTULOS Y HONORES, CONFORME A LO ESTIPULADO EN EL ARTÍCULO 247 DEL CÓDIGO PENAL

El decreto 140/2015 del 16 de diciembre de 2015 lo designó, de este modo, para un cargo con requisitos que Robledo no ha cumplido ni cumple. Además, no se estableció ni se invocó ningún tipo de excepción en el documento al momento de su asunción.

Por esto, fue denunciado por usurpación de títulos y honores, conforme a lo estipulado en el artículo 247 del código penal. Además, los denunciantes anticiparon que, acorde al artículo 253, solicitarán también la inhabilitación del funcionario que lo propuso y nombró, y al propio Robledo por aceptar el cargo a pesar de estar en conocimiento de su incompatibilidad.

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