La Corte Suprema de Justicia de la Nación avaló este viernes la consulta popular convocada para el domingo por el gobernador de La Rioja, Sergio Casas, quien busca habilitar su reelección, al desestimar por «inadmisible» un recurso de amparo presentado por dos diputados nacionales de Cambiemos.

En un fallo firmado por mayoría, con la disidencia del juez Carlos Rosenkrantz – adicto al gobierno de Macri-, los miembros del máximo tribunal Elena Highton de Nolasco, Horacio Rosatti y Ricardo Lorenzetti rechazaron el amparo elevado por Cambiemos en una resolución que se dio tras recibir un dictamen de la Procuración General que consideró que el conflicto debía resolverse en el ámbito de la justicia riojana.

«El procedimiento de consulta popular que se intenta interrumpir no causa estado por sí mismo, ni tampoco conlleva una vulneración actual de derechos subjetivos que autorice a sostener que se presenta una controversia concreta en los términos tradicionalmente entendidos por la jurisprudencia de este Tribunal», indicó el fallo del máximo tribunal.

«En el marco de conocimiento que ofrece el examen de una acción de amparo como la intentada, el Tribunal considera que con los elementos incorporados hasta el momento no puede entenderse consolidada la presencia de un «caso» que habilite su intervención en el marco de las atribuciones y de la competencia reconocidas por la Constitución Nacional», agregó.

Highton firmó con la mayoría pero con un voto propio y se pronunció por rechazar «in limine» el amparo mientras que, en minoría, el presidente de la Corte Rosenkrantz votó por aceptar el amparo al opinar que la consulta popular fue convocada «de un modo que viola claramente el procedimiento establecido en la Constitución» riojana.

«La eventual afectación constitucional recién se configuraría en caso de que el pueblo riojano se expidiera en la consulta popular convocada para el próximo 27 de enero y, con su resultado, fuera convalidada la enmienda constitucional. Es por ello que los propios demandantes contemplaron la posibilidad de que este tribunal resuelva la cuestión en una instancia futura al plantear subsidiariamente la nulidad de la enmienda constitucional que se impugna», remarcaron los jueces que avalaron la consulta que se realizará el domingo.

Rosatti y Lorenzetti, en un voto único, consideraron «necesario enfatizar» que el próximo domingo «las autoridades administrativas y los tribunales locales convocados a actuar deben estar a disposición de los ciudadanos, ampliando los horarios de atención, facilitando el acceso a la información y resolviendo los planteos que se formulen, para evitar que cuestiones de naturaleza local queden huérfanas de tratamiento».

«Desde antiguo se ha señalado que la misión más delicada que compete al Poder Judicial es la de saber mantenerse dentro de la órbita de su jurisdicción, sin menoscabar las funciones que incumben a los otros poderes o jurisdicciones, toda vez que es el judicial el llamado por la ley para sostener la observancia de la Constitución Nacional, y de ahí que un avance en desmedro de otras facultades revestiría la mayor gravedad para la armonía constitucional y el orden público», evaluaron además.

Los jueces advirtieron que eso ocurriría en el caso de La Rioja «si se llegase a una conclusión distinta a la apuntada, toda vez que una decisión en ese sentido: i) podría ser entendida como un anticipo de jurisdicción favorable respecto del fallo final de la causa que podría alterar el estado de cosas existente, impediría que la voluntad popular se expresara en una instancia típicamente reglada, silenciando a los diversos actores sociales afectados, que pueden tener intereses encontrados».

La consulta fue convocada por el gobernador Casas luego de aprobarse un proyecto de enmienda de la Constitución provincial que abriría el camino a su posible reelección en el cargo.

El amparo, presentado por el macrismo el 16 de enero, pidió a la Corte que declare la inconstitucionalidad de la ley 10.161 y de los decretos dictados por Casas «en cuanto por esa vía se persigue aprobar una enmienda constitucional que modifica el artículo 120 de la Constitución provincial y se convoca a una consulta popular para ratificarla».

Y, sostuvo que esto se apartaría «del procedimiento previsto en el artículo 177 de la misma Constitución» y sería violatorio de «los principios del régimen representativo republicano».

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