El Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE) formalizó la orden a las distribuidoras de energía Edenor y Edesur  para que se abstengan de suspender servicios por falta de pago de Consumos No Registrados (CNR), que son los que se generan por una falla en el medidor.

La resolución ordenó a Edenor y Edesur la suspensión de la exigencia de pago de notas de débito y liquidaciones complementarias, como así también abstenerse de suspender los suministros por falta de pago de estos conceptos, independientemente de que se hubiera generado o no el reclamo por parte de la persona usuaria.

Este ítem Consumo No Registrado, que aparece en la factura, eleva el monto final a pagar por el servicio. El Consumo No Registrado (CNR) de energía puede ser producto de una falla en el medidor –por manipulación o por encontrarse estropeado- y por lo cual debe realizarse una prueba de contraste; o puede surgir de la diferencia y reajuste entre el consumo estimado y la lectura real de los medidores, durante el período que indica la factura, consigna el sitio web oficial del Gobierno nacional www.argentina.gob.ar.

La medida publicada a través de la resolución 37/2021 del Boletín Oficial se adoptó tras un “incremento notable de los reclamos en la facturación de Edesur y Edenor» y suspende la aplicación de los cargos hasta tanto “se audite la información requerida a las distribuidoras acerca del modo en que se llevan a cabo los procedimientos para la aplicación de los CNR”.

Estos procedimientos “deben respetar el derecho de defensa de las personas usuarias y brindarles información adecuada y veraz acerca de los montos que se pretenden cobrar y su procedencia”, aclaró el ENRE.

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