El gobierno nacional volvió a postergar la aplicación del incremento del impuesto a los combustibles líquidos que debía regir a partir de este mes, y resolvió mantener el diferimiento hasta el 30 de noviembre próximo, a través del decreto 607/2019 publicado hoy en el Boletín Oficial.
El impuesto a los combustibles se previó que se actualizase por trimestre calendario sobre la base de las variaciones del Índice de Precios al Consumidor (IPC), considerando las variaciones acumuladas desde enero de 2018, inclusive.
Sin embargo, el Gobierno desde el 28 de mayo último postergó en cuatro oportunidades, contando la actual, la aplicación del incremento.
El decreto actual argumentó que «teniendo en consideración el actual contexto económico y social, se buscó asegurar el abastecimiento de combustibles en el mercado interno a un precio estable por el citado período».
Así determinó que «para los hechos imponibles que se perfeccionen desde el 1 de setiembre y hasta el 30 de noviembre inclusive, deberán mantenerse los montos del impuesto que correspondan al 31 de agosto de 2019».
Asimismo estableció que «para los hechos imponibles que se perfeccionen desde el 1 de diciembre, deberá considerarse el incremento total en los montos del impuesto».
Detalló que los productos por la medida son nafta sin plomo, hasta y de más de 92 RON, nafta virgen, y gasoil.