El Gobierno nacional prohibió por decreto los despidos «sin causa justa o disminución de trabajo y fuerza mayor» por el lapso de sesenta días.
A través del decreto 329/2020, publicado el martes en el Boletín Oficial y con la firma de todos los integrantes del gabinete nacional, el Gobierno determinó la suspensión de los despidos por dos meses.
El decreto se dicta «en el marco de la emergencia pública en materia económica, financiera,fiscal, administrativa, previsional, tarifaria, energética, sanitaria y social», cuya ley ahora fue prorrogada anoche hasta el próximo 12 de abril.
«Prohíbense los despidos sin justa causa y por las causales de falta o disminución de trabajo y fuerza mayor por el plazo de sesenta (60) días contados a partir de la fecha de publicación (martes 31 de marzo) del presente decreto en el Boletín Oficial».
«Resulta indispensable garantizar la conservación de los puestos de trabajo por un plazo razonable, en aras de preservar la paz social y que ello solo será posible si se transita la emergencia con un Diálogo Social en todos los niveles y no con medidas unilaterales», asevera la norma en sus fundamentos.
En este sentido, señala que decisiones de ese tipo no serían «más que una forma de agravar en mayor medida los problemas que el aislamiento social, preventivo y obligatorio procura remediar».
En su artículo cuarto, el decreto publicado anoche en una edición suplementaria del Boletín Oficial de este miércoles, establece que «los despidos y las suspensiones que se dispongan en violación de lo dispuesto» en la norma, «no producirán efecto alguno, manteniéndose vigentes las relaciones laborales existentes y sus condiciones actuales».