Como ludópata descontrolado, el presidente y su equipo económico hipotecó los recursos naturales de todos los argentinos para poder tomar deuda sin control. En apenas 16 meses el gobierno endeudó al país en más de 80 mil millones de dólares y no conforme, puso como garantía, el gas, el petróleo, el oro y todas las riquezas que se puedan imaginar, a cambio de nada; tan solo préstamos a tasas superiores al 7%, interés que hace apenas dos años le criticaban al kirchnerismo.
Por este reprochable acto de traición a la patria, los abogados Jorge Cholvis, Arístides Corti y Eduardo Barcesat, en nombre del Instituto Arturo E. Sampay, presentaron una demanda judicial contra el presidente Mauricio Macri y los funcionarios de Cambiemos que intervinieron este año en las operaciones de deuda acusándolos de hipotecar los recursos naturales de la República como garantía de pago.
La presentación advierte que si la Argentina, por alguna razón, ingresa en default deberá someterse a los tribunales arbitrales de Nueva York (Estados Unidos), Londrés (Reino Unido) y Suiza y, de ser necesario, tendrá que rematar los recursos naturales para cumplir con sus compromisos financieros con los acreedores.
Podrán ser ejecutados los recursos hidrocarburíferos, el litio y otros recursos minerales estratégicos de los cuales el país contiene importantes yacimientos
En un escrito que publicó el sitio Mucho Más que Dos, Barcesat había anticipado los argumentos centrales de la presentación judicial al afirmar que “no satisfecho con la ruinosa negociación con los fondos buitres (…) ahora Macri ha profundizado el endeudamiento y la sujeción a futuro de generaciones de argentinos, al comprometer, en todos los endeudamientos pactados en el curso del año 2017, como respaldo de los pagos de servicios e intereses, el conjunto de los recursos y riquezas naturales”.
El 11 de enero de este año, a través del decreto 29/2017, el presidente Macri facultó al Ministerio de Finanzas a tomar deuda por hasta U$S 20.000 millones o su equivalente en otra moneda y definió la prórroga de jurisdicción a favor de tribunales sitos en Nueva York y/o Londres. Acto seguido, dejó constancia de la renuncia de la Argentina a la defensa de la inmunidad soberana y excluyó de este desistimiento a las reservas del Banco Central, los bienes diplomáticos, la herencia cultural, los depósitos bancarios, valores y otros medios de pago.
Sin embargo, el decreto nada dice en su cuerpo central de los bienes comprendidos en el artículo 236 del código civil. Incluso en el anexo, de más de 400 páginas, termina incluyendo expresamente los recursos naturales, como prenda, en el caso de que la Argentina no pueda afrontar el pago de los intereses o del capital de la deuda.
El día 6 de este mes el presidente informó, a través del Boletín Oficial, que el Gobierno tomará deuda por 3.000 millones de francos suizos bajo similares condiciones a las de la operatoria del 11 de enero, decreto que también lleva las firmas del jefe de Gabinete Marcos Peña y del ministro de Finanzas, Luis Caputo.
El artículo 236 del Código Civil y Comercial refiere a los bienes del dominio privado que pertenecen al Estado Nacional, Provincial o municipal entre los que se encuentran los inmuebles que carecen de dueño, las minas de oro, plata, piedras preciosas, sustancias fósiles (petróleo, carbón y gas), según lo normado por el Código de Minería. Pero también incluye a los lagos no navegables y todos los bienes adquiridos por el Estado Nacional.
“Es decir que quedan fuera de la protección de inmunidad de ejecución, por ejemplo, los recursos hidrocarburíferos, el litio y otros recursos minerales estratégicos de los cuales el país contiene importantes yacimientos. También las empresas del Estado”, puntualiza, en uno de los párrafos, la demanda que presentaron Cholvis, Cortis y Barcesat contra el presidente Macri.
La demanda contra Macri ingresó el viernes último en el juzgado Federal en lo Criminal y Correccional N°1 a cargo de María Romilda Servini de Cubría.
Según se desprende del escrito existe la presunción de tres delitos: lucro indebido para sí o para terceros, fraude a la administración pública, y dictar resoluciones en contra de la Constitución. Todos estos delitos están previstos en los artículos 173 (inc 7), 174 (inc 5) y 248 del Código Penal. Las penas previstas son de hasta seis años de prisión para este tipo de delitos pero Barcesat precisó que, si se comprueba el cometido de “traición a la patria”, a Macri y a los funcionarios involucrados podría caberles una condena de hasta 15 años.
Cholvis, Corti y Barcesat también iniciaron, a mediados de marzo del año pasado, una demanda contra Macri y su equipo económico por el “ruinoso” acuerdo con los fondos buitres, al considerar que este convenio podría disparar demandas por U$S 384.000 millones o el equivalente a la deuda argentina por parte de los bonistas que participaron de los canjes del 2005 y 2010 y cobraron menos que los buitres.
La denuncia, que quedó a cargo del juez federal Sebastián Casanello, supone los delitos de “traición con sometimiento, defraudación por administración fraudulenta, abuso de autoridad y violación de deberes de funcionario público”.