La Corte Suprema de Justicia de la Nación anuló el aumento en las tarifas de gas para usuarios residenciales y estableció que para la fijación de nuevos valores son obligatorias las audiencias públicas, en la reunión que mantuvieron hoy sus integrantes en el Palacio de Tribunales.
El fallo firmado por unanimidad por el máximo tribunal confirma la sentencia de la Cámara Federal de La Plata.
Sin embargo, la novedad es positiva solo en parte, comercios, Pymes e industria deberán afrontar los brutales aumentos con un consecuente impacto en el mercado laboral.
La decisión ocurre tres el duro fallo de la procuradora Gils Carbó en rechazo de las subas que había dispuesto el Gobierno.
Gils Carbó consideró en su pronunciamiento que la falta de audiencia pública restringió los derechos de información, consulta y participación de los usuarios y consumidores, y dictaminó a favor de confirmar el fallo de la Cámara Federal de La Plata que declaró la nulidad de las resoluciones 28/2016 y 31/2016 del Ministerio de Energía.
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